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el reino de Aragón viniera mas tarde á formar parte de la grande unidad española.
El gobierno general del reino ganó no poco con esta trasformacion. Esos cuatro elementos, que rápidamente hemos antes bosquejado, el rey, la nobleza, el clero y las Córtes, habíanse unido por relaciones recíprocas y bien establecidas, que han hecho de aquella monarquía un ejemplo, que aun en estos tiempos de-biérase imitar. El mismo rey D. Pedro IV que tales esfuerzos de habilidad y de génio desplegó para abatir el poder do la aristocracia, tu vo la prudencia despues de su victoria de Epila, de respetar aquellas instituciones que formaban por decirlo así el nervio y la gloria de Aragón. Destruyó los privilegios de los nobles, ensanchó la autoridad del monarca; pero no tocó ni-las atribuciones legislativas y judiciales de las Córtes ni la poderosa intervención del Justicia, ni en lo mas mínimo el régimen particular de las ciudades de Aragón. Así pues, una cosa hay en la historia de este reiuo que no decae ni se debilita nunca, y es el poder de sus instituciones y de sus libertades. Podian ser los monarcas conquistadores comoD. Jaime; guerreros como los Alfonsos, astutos y ambiciosos como D. Pedro IV; perezosos y descuidados como D. Juan I: el gobierno general de Aragón no se quebrantaba por esto. Aquellas Córtes en donde cabian todas las fuerzas sociales del país buscaban, por la misma oposicion de sus intereses, el interés mas general y comprensivo; el Justicia, ora interviniendo on las alteraciones del rey con las Córtes y con lá nobleza, ora asegurando á los particulares la libertad individual y el fallo impaieial de la justicia con sus dos poderosos medios, las firmas, y la manifestación, mantcnia la integridad de las instituciones y la honra y seguridad de las personas, y finalmente aquellos monarcas que se veian limitados en las ciudades y en el pueblo por fueros y costumbres particulares, en la nobleza por grandes privilegios y un inmenso poder territorial, y en las Cortes por la magistratura del Justicia., representaban el elemento moderador de una monarquía constitucional, acaso con mas pureza, y de seguro con mucha mayor antigüedad que la misma monarquía inglesa.
Como una prueba de las escelencias do las instituciones de Aragón, copiamos aquí lo que acerca de este punto dice el padre Murillo: «Nuestras leyes todas son suaves y favorables, hechas por los mismos que han (le llevar la carga de ellas, no solo en provecho del reino en común, sino también acomodadas á la utilidad de los particulares, cuanto la razón lo consiente. Acá no se permite el tormento, tan posado á los inocentes y tan odioso á muchos de los doctores, porque nuestras leyes atienden mucho á que los inocentes no padezcan, y tienen por’ menos mal que deje de ser punido uno ó muchos culpados, que ver atormentado uno que no tiene culpa. Acá no hay confiscación do bienes sino en crímenes lesee majestatis, porque no padecen los hijos lo que pecaron los padres. Acá no hay procesos secretos que llaman de cámara, para que cada cual tenga lugar de volver por sí, viendo los cargos que le hacen y las culpas que le acumulau. Acá no hay cár-cel secreta en castillos ni en fortaleza, porque no pa-
dezca nadie opresion con rigores estraordinarios. Acá no hay otras vejaciones con que suelen ser molestados los pobres, porque en todos se ha de proceder conforme á las leyes, y hay eficaces medios para hacer que se guarden. Acá los reyes nunca han usado de imperio absoluto, antes bien se han preciado siempre de guardar los fueros y conservar las libertades del reino, como cristianísimos príncipes que se precian de cumplir lo que tienen jurado; y acá, finalmente, está cerrado el camino á todo género de opresiones, porque para librarse de esto, los aragoneses tienen aquellos dos géneros de presidios do las Manifestaciones y de las Firmas , do o ue ya tratamos. Todo lo que represento , para que se vea la razón que los aragoneses tienen para estar contentos con su manera de estado.»
XXXVII.
Debiéramos ahora ocuparnos de la historia eclesiástica de la provincia de Huesca con la estension que su importancia merece. Pero ante la imposiblidad en que para esto nos encontramos, atendidas la naturaleza y dimensiones de esta publicación, nos vemos en la necesidad de no consagrar á aquella importantísima institución, ni aun la estension que hemos dado á la parte civil y política de esta provincia, concretándonos, por lo “tanto, á trascribir aquí un manuscrito que so halla en el arm. 6.° lig. 10, de la cate dral de Huesca, que viene á ser como un resumen general de la historia eclesiástica de aquella provincia.
Dice así el citado documento: «Para la inteligencia de este escrito se presupone que antes que se perdiese España habia obispo en Huesca, porque en el Concilio III Toledano, siendo Pontífice Pelagio II, y rey de España Recaredo, asistió al Concilio el obispo de Huesca Gavino; en el Pontificado de Honorio I y reinado de Sisenando, asistió al Concilio IV Toledano el obiSpo de Hue “^a; al Concilio Toledano VI. Adolfo obispo de Huesca; al VIII Toledano, asistió Eusebio obispo de Huesca; en el Concilio Toledano XI, en el reinado de AVamba. se hizo la división de todos los obispados, y se nombró el de Huesca; despues, en el año 713, por la traición del conde I). Julián, se perdió España, á cuya causa fueron forzados los cristianos que entonces quedaron, ó retirarse á los lugares montañosos, donde se pudieron defender de los infieles; y asila iglesia de Huesca, que es la segunda del reino de Aragón, se subió á Siresa/ lugar que está situado en lo mas áspero de las montañas y montes Pirineos, donde estuvo machos años y hubo muchos obispos. Despues, disminuyéndose las fuerzas de los moros, de allí bajaron á la villa de Jaca (Jaccenses); estuvo en Jaca el año 1063; y del nombre del lugar donde habitaban se llamaban, cuando estaban en Siresa, obispos sasanenses, y cuando en Jaca, jaccenses; estuvo en Jaca 34 años, hasta que se ganó Huesca en el año 1097.»
La iglesia de Lérida, por la misma causa, se trasladó á Roda en las montañas de Ribagorza, estéril y montañosa, donde estuvo asimismo muchos años; hubo
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