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primeros, y de seguro el mas temido, de los del mundo.

Antes de entrar en el exámen de esta clase de cuestiones, creemos oportuno dar, como complemento á lo que hasta aquí hemos cspucsto, una noticia tan amplia como nos sea posible de lo que era en particular la ciudad de Huesca, bajo el punto de vista político y administrativo.

XXXII.

Encargado del gobierno el conde de Barcelona, confirmó á la ciudad de Huesca los fueros y privilegios que habia perdido en el reinado de D. Ramiro, fijando los antiguos límites del reino, estrechados por la condescencia y debilidad de su antecesor D. Ramiro el Monge; y desde aquí en adelante, el reino de Aragón adquiere cada dia mas importancia, agregándosele la mitad de Navarra primero y el condado de Barcelona poco despues. Las numerosas Córtes que en lo sucesivo se celebraron en la ciudad de Huesca, desde los tiempos do la reina viuda doña Petronila, hija de D. Ramiro, hasta los de Alfonso 111, 1286, dan una prueba mas terminante aun de la importancia de que esta ciudad gozaba, y de la superioridad que tenia sobre todas las demás ciudades del reino de Aragón. Las celebradas por doña Petronila en 1162, las de Alfonso II en 1180 y 1188, las de I). Jaimel en 1213 y 1221, confirmando j>or espacio de siete años la moneda jaquesa mandada acuñar por su padre el rey don Pedro , las de Pedro el Grande en 1285, las de Alfonso III en 1286 y otras varias monos importantes, dieron á la ciudad de Huesca leyes y privilegios, que de buen grado nos detendríamos á esponer y examinar, si no nos lo impidiera el temor que nos embarga de aparecer prolijos en demasía, en la narración histórica de la ciudad de Huesea.

No omitiremos , sin embargo , algunas de las disposiciones tomadas en las Córtes celebradas por Alfonso III en 1286 , en las cuales se establecía, entre otras coáas, que el rey oyese en-público las peticiones de sus súbditos los lunes de cada semana, disposición que pasó á ser fuero el año de 1300 ; que se reunieran todos los dias los consejeros del rey, debiendo este asistir también los martes y viernes para tratar de los asuntos del reino y del monarca; que los jueces llamados de la corte consultasen en palacio con el rey sobre causas civiles y criminales de alguna consideración; que los encargados de las rentas públicas diesen al rey y á una comisión nombrada por el pueblo, minuciosa cuenta del cargo y data; que el mayordomo del rey tomase cuenta diaria á los despenseros, con asistencia del escribano de raciones, que debia certificar y publicar para conocimiento del reino ; y á este tenor varias otras disposiciones que revelan el carácter exigente del pueblo oscano para con sus rojees, á los cuales posponía siempre ante las aspiraciones legítimas del reino.

Los privilegios que á la ciudad de Huesca concedieron sus reyes, fueron tantos y do tan grande importancia, que habremos solo do concretarnos, para no ser prolijos, á los del rey don Jaime TI

en 1325 , declarando libres á los habitantes de Huesca de los peajes y de toda clase de derechos de peso; los de D. Pedro III, permitiéndoles que vendieran solo á tres dineros la libra de carnero, cuando en las demás ciudades se vendía á cuatro; los de I). Pedro III en 1347, eximiéndoles de los derechos de pontaje de Zaragoza y Zúera; los de D. Pedro, D, Ramiro y otros reyes sobro franquicias de lerdas, peajes y pesos por leñar y apacentar los ganados en todo el reino; los de D. Pedro IV en 1359 concediendo á los ciudadanos de Huesca el título de infanzones , y que ninguno de aquellos habitantes pudiera ser preso en su casa ni sacado de esta; todos los cuales fueron confirmados en 1537 por el emperador D. Cárlos.

No deja de ser igualmente digno de mención el régimen gubernamental de la ciudad do Huesca. La primera autoridad que representa la persona del rey es el Justicia, cargo ya conocido, según Zurita, en tiempo de D. Alonso III (1177) que en un principio se confirió por la Corona, y que despues por un privilegio concedido á Huesca por Alfonso XI en agosto de 1289, tenia derecho á nombrarle aquella ciudad. Este Justicia era elegido el dia último del mes de octubre, de entre los cuatro ciudadanos que á propuesta de la ciudad eran presentados al monarca, quien habiendo hecho la elección y entregado al elegido las insignias de su cargo, que eran un palo negro como de media vara de longitud, solia acompañar á la iglesia de San Salvador al nuevo Justicia en unión del prior, jurados y demás ciudadanos con las ropas consulares, para oir en el dia de San Estéban los oficios divinos y el sermón, que siempre versaba sobre la rectitud conque el Justicia debiera obrar en su importante y elevado cargo.

Esta autoridad tenia por privilegio concedido también á la ciudad de Huesca, facultad para nombrar un lugarteniente que le reemplazase en los casos do enfermedad ó de ausencia, revistiéndole de las mismas facultades que tiene el Justicia, y dándole por insignia un bastón negro de vara y media de longitud. Para el caso en que fuera necesario imponer á alguno de los ciudadanos un castigo que se opusiera á los fueros de que disfrutaba la ciudad de Huesca, tenia el lugarteniente la facultad de nombrar un juez albarra-neo para que hiciese ejecutar la sentencia, y este nombramiento se hacia siempre en personas que no fuesen vecinos ni ciudadanos de Huesca. Hasta tal punto se respetaban los fueros de esta ciudad.

El J urado era otra de las autoridades que antiguamente gobernaban la ciudad do Huesca. Componíase éste, según privilegio de D. Jaime I concedido en julio de 1261, de ocho individuos adornados do ciertas condiciones, los cuales fueron en un principio elegidos por el rey, y mas tarde, por privilegio de D. PedroIII de 1278, lo fueron por el Consejo déla ciudad de Huesca. La elección de este jurado se hacia la víspera de Todos los Santos en las casas consistoriales de la ciudad, reunidos en consejo general! los ciudadanos de la misma. Empezábase por nombrar el prior de jurados, que érala cabeza de toda la ciudad, y que en el gobierno de esta no reconocia autoridad superior. El agraciado debia haber ya sido tres veces, por lo menos, conseje-

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Capítulo 5.- Régimen interior de la ciudad de Huesca | publicado por admin el Sunday 25 October 2009 a las 1:34 PM
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